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Imagen: César Mejías

Guía para actuar si estás siendo acosado en el trabajo

Es más común de lo que se cree y cada vez más denunciado. El acoso laboral, incluido el sexual, es un problema al que le estamos perdiendo el miedo, encarándolo judicialmente. Estos son los pasos a seguir para no continuar siendo víctima de humillaciones.

Por María Jesús Martínez-Conde | 2019-08-06 | 07:00
Tags | acoso laboral, acoso sexual, trabajo, ambiente laboral
Es importante que todos estemos conscientes del problema del mobbing o acoso laboral/sexual, pues es considerado un tipo de violencia psicológica que no solamente afecta el rendimiento laboral de la víctima, sino también su salud mental y física.
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Cada vez que quieres exponer un problema en una reunión de trabajo, tu jefe te hace callar bruscamente, restándole importancia a tu opinión. Tus compañeros almuerzan lejos de ti porque desaprueban algún aspecto de tu vida privada, burlándose. Acabas de volver de tu postnatal y tu jefe te ridiculizó cuando le dijiste que debías salir una hora antes para alimentar a tu guagua. O, peor aún, un compañero de pega no deja de enviarte mensajes con propuestas sexuales…

Si alguna vez has protagonizado alguna de estas situaciones, has sido víctima de mobbing, más conocido como acoso laboral (y en el último caso, también sexual). Y no eres una excepción, pues este tipo de denuncias han subido en un 17% durante el último año en Chile, probablemente porque existe mayor información y visibilidad del problema.

Hoy, en El Definido, te ayudamos a actuar si estás en problemas, definiendo conceptos y guiándote en caso de que estés siendo víctima de acoso en tu trabajo.

Los chilenos pierden el miedo

Que las denuncias sobre este tipo de conductas en el trabajo hayan aumentado, no es necesariamente una mala noticia. Los chilenos hemos perdido el miedo y hoy tenemos coraje suficiente para alertar cuando somos víctimas de una situación que nos incomoda.

Ese 17% de aumento en las denuncias respecto al mismo período del 2018, corresponde a 1.380 casos, 1.069 de ellos de acoso laboral y 311 de acoso sexual, de acuerdo a los registros administrativos de la Dirección del Trabajo (DT). Las denuncias por acoso sexual subieron un 31%, en tanto que las de acoso laboral lo hicieron en un 14%, y en ambos casos, el mayor incremento fue dentro de la Región Metropolitana.

Una encuesta al respecto, realizada por ICARE y la Fundación ChileMujeres a 161 empresas, arrojó que el 53% reconoce haber tenido casos de acoso laboral en los últimos cinco años, mientras que el 37% tuvo hechos de acoso sexual en el mismo lapso. Según la investigación, el acoso laboral tuvo un 43% más de periodicidad que el sexual. A su vez, esta conducta afecta a un 30% más de mujeres que hombres (el llamado "mobbing maternal" o discriminación a causa de la maternidad, está siendo alarmantemente común), mientras que cuando se trata de acoso sexual, aumentan al doble.

¿Estoy siendo acosado laboral o sexualmente?

Puede que en este preciso momento de sientas incómodo en tu ambiente de trabajo, pero no estás seguro de que se trate precisamente de acoso laboral o sexual. Vamos viendo definiciones.

De acuerdo a lo expuesto por la Asociación Chilena de Seguridad, el acoso laboral corresponde a "toda conducta que constituya una agresión u hostigamiento reiterado en contra de una determinada persona. Estas acciones pueden ser ejercidas no solo por el empleador, sino también por otros trabajadores o pares, a través de cualquier medio, presencial u online".

Esta acción debe tener como resultado un atentado a la dignidad de la persona, su menoscabo, maltrato o humillación, viéndose amenazada o perjudicada en su situación laboral o sus oportunidades de empleo, de acuerdo a lo especificado en la DT. Aquí algunos ejemplos:

- Hostigamiento verbal.

- No ser incluido en los beneficios de una empresa de forma arbitraria.

- Cambio de funciones sin justificación.

- No ser tomando en cuenta o ser aislado del grupo de trabajo.

- Ser objeto de burla.

- Amenazas de ser despedido o sancionado.

Por su parte, el acoso sexual se produce cuando "una persona —hombre o mujer- realiza en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por la persona afectada —hombre o mujer- y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo", según la DT.

Y ojo, que estas conductas no se limitan a acercamientos o contacto físico, sino que incluyen cualquier acción del acosador sobre la víctima que representa "un requerimiento de carácter sexual indebido". Por ejemplo:

- Propuestas verbales de carácter sexual.

- Regalos con connotaciones románticas o físicas no aceptados.

- Correos electrónicos o cartas personales con requerimientos sexuales.

¡Quiero actuar! ¿Qué hago?

Detectaste el problema, lo identificaste y estás seguro de que estás siendo víctima de acoso laboral o sexual. ¿Qué debes hacer?

En primer lugar, debes hacer llegar tu reclamo por escrito a la dirección de tu empresa, establecimiento o servicio, o bien, a la Inspección del Trabajo correspondiente a la comuna en que trabajas. Para escribirla, puedes guiarte con la que aparece el final de este documento.

La carta debe ser presentada personalmente (idealmente a Recursos Humanos), estar firmada por ti, contener un relato cronológico de los hechos por los que te viste afectado y, ojalá, acompañarla por documentos o antecedentes que te den credibilidad, por ejemplo, licencias médicas o informes psicológicos, psiquiátricos o de instituciones que velan por la salud del trabajador.

Una vez que el empleador tiene conocimiento de estos hechos, debe preocuparse de mantener la seguridad de los implicados. Por ejemplo, que mientras se realiza la investigación, estén separados físicamente, o bien, reajustar sus horarios laborales para que no se topen durante la jornada.

Entonces, tiene dos alternativas: realizar directamente una investigación interna en un plazo de 30 días, o bien, dentro de los 5 días siguientes a la recepción de la denuncia, derivarla a la Inspección del Trabajo, la que tiene 30 días también para efectuar la investigación.

Si es la empresa la que realiza la investigación, debe hacerla constar por escrito y llevarla en estricta reserva, garantizando a ambas partes el ser oídas y poder fundamentar sus dichos. Una vez terminada, debe ser enviada a la Inspección del Trabajo.

Cualquiera sea la alternativa elegida, la Inspección del Trabajo analizará los hechos y luego hará llegar sus observaciones a la empresa, las que deberán ser mostradas al denunciante y al denunciado. Dentro de los siguientes 15 días, la empresa tendrá que disponer y aplicar las medidas o sanciones que correspondan, a partir de las sugerencias de la Inspección del Trabajo.

¿Qué arriesga el acosador? ¿A qué tiene derecho la víctima?

Si se comprueba el acoso, al acosador deberán aplicársele las sanciones contenidas en el respectivo reglamento interno de la empresa, ¡por eso es importante que estén estipuladas! Esto puede significar el despido sin derecho a indemnización. ¿Y qué pasa si el acosador es tu empleador?

Tranquilo, porque en ese caso podrías recurrir a lo que se conoce como "auto despido", pues tendrías justificaciones más que suficientes. Debes comunicar a tu empleador por escrito, con copia a la Inspección de Trabajo, que quieres poner fin al contrato de trabajo, identificando las causales (falta de probidad de tu jefe, acoso sexual, maltrato físico, injurias, conducta inmoral, acoso laboral, actos u omisiones que afectan a la seguridad o salud de los trabajadores o incumplimiento grave de sus obligaciones) y los hechos en que te fundas.

Luego, dentro de los próximos 60 días hábiles, tienes que ir a los Tribunales de Justicia para interponer la demanda por despido indirecto y, si obtienes sentencia favorable, el juez ordenará el pago de las indemnizaciones que te corresponden. Incluso podrías optar a un incremento en el 80% de estas, si tu empleador no cumplió el procedimiento por acoso que ya describimos.

¿Y si inventas que has sido acosado laboral o sexualmente?

No te lo recomendamos, pues podrías arriesgar mucho (aparte de que no es nada honesto).

Si estableces una demanda de acoso laboral o sexual con la intención de dañar la honra de alguien, el tribunal declarará la demanda como carente de fundamento y va a ordenarte el pago de una indemnización. Y si se descubre que la causal fue invocada maliciosamente, incluso estarás sujeto a "otras acciones legales que procedan".

Es violencia psicológica y tiene consecuencias físicas

Es importante que todos estemos conscientes del problema del mobbing o acoso laboral/sexual, pues es considerado un tipo de violencia psicológica que no solamente afecta el rendimiento laboral de la víctima, sino también su salud mental y física. Algunos de los síntomas que puede causar:

Psicológicamente:

- Nerviosismo.

- Problemas de concentración.

- Irritabilidad.

- Expectativas desesperanzadoras sobre el futuro.

- Obsesión por los pensamientos de fracaso.

- Pérdida de interés en las actividades que producían placer.

- Alteraciones en el sueño.

- Aislamiento, retraimiento.

- Depresión, ansiedad o incluso estrés postraumático por sufrir vergüenza o humillación recurrente.

Fisiológicamente:

- Sudoración.

- Mareos.

- Dolores de cabezas.

- Taquicardia.

- Problemas gastrointestinales.

- Tensión muscular.

- Quienes son acosados o experimentan violencia física o verbal en el trabajo, tienen un riesgo de un 59 y 25 por ciento mayor de sufrir de enfermedad cardiovascular, respectivamente, en comparación al resto de las personas (comparable al riesgo de quienes padecen de diabetes o consumen alcohol), de acuerdo a esta investigación publicada en el European Heart Journal.

Si estás siendo víctima de acoso laboral/sexual y sientes que necesitas guía o apoyo, puedes llamar al número de asistencias telefónicas de la DT (600 450 4000), o bien, ingresar su sitio web y conversar directamente con un asistente virtual.

Y bueno, no está demás decir que un buen ambiente laboral y metodologías de contratación más minuciosas, podrían colaborar a disminuir estas actitudes dentro de las empresas. Saludarse, conocerse, agradecer, involucrarse, reconocerse, sonreír, trabajar en equipo, respetarse, comunicarse y disfrutar, son algunas de las normas cotidianas que dictó el Comité del Buen Trato del Ministerio del Trabajo, para tratar este problema.

¿Has sido víctima de acoso laboral/sexual? ¿Te gustaría compartir tu testimonio?

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