El chileno es legalista. Le gusta la norma (con mayúscula, también). Los colegas que viajan más me dicen que es el único país de Latinoamérica en el que las leyes se venden en los quioscos. “La nueva ley”.
Recuerdo una noticia en la tele, hace varios años, de una niña que fue mordida por un perro, que tenían de mascota en la casa. La mamá, mujer modesta, lloraba a mares por la desgracia, y sollozaba “cuándo va a salir la ley de las mascotas”. No es que ésta mujer sufriente estuviera esperando que se dicte la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas para imponer, en su propia casa, los cuidados necesarios para evitar este accidente, sino que, en el fondo de su dolor, aparecía la Ley como el todopoderoso que solucionaría sus problemas. Por lo menos ese. Así de simple, con una ley de fin del lucro, se acaba el lucro.
Pero donde más se nos nota el amor por la formalidad, es sin duda en el cariño que tenemos a firmar documentos ante notario y dejar constancias en carabineros. Eso nos mata. No hay chileno bien nacido que no haya pasado por una notaría, o comisaría. El que no lo ha hecho, lo hará.
Todo documento firmado ante notario tiene un sabor especial para quien lo posee. “Está firmado ante notario” me dice el cliente con una mira de “chúpate esa”. El caso está ganado. Se firma un arriendo, ante notario. Un contrato de trabajo, notario. Compraventa de vehículo, vamos pagando. Se siente (es algo que parte de la entrepierna y pasa por la columna hasta el cerebro), que es mejor así. El notario, que no es tonto (con ese sueldo nadie es tonto, a lo mas excéntrico), recibe a quien quiera pasar por su despacho, y le cobra por “el derecho notarial”. Pero resulta que la firma no es tan mágica. El instrumento privado (el documento firmado por personas particulares), aun que se vista de instrumento notarial, privado queda.
El notario es un ministro de fe, lo que significa que por ley se le cree más a él. Pero solo “da fe” de que una persona firmó, y lo hizo en determinado día. Nada más. Los contenidos de los escritos no le constan al notario. No tienen mayor validez si se firma ante él. En caso de juicio, el documento ante notario solo tiene mayor valor en cuanto a la fecha en que se firmó (“fecha cierta”). Hay instrumentos privados que deben ser firmados ante notario, pero son la excepción, como el finiquito del contrato de trabajo por ejemplo. Hay otros que no existen en la ley, pero se exigen igual: declaración jurada de soltería. Esta, da para escribir un libro. La compraventa de vehículos, se puede hacer en el Registro Civil, o pagando mucho más en una notaría. Otra es la necesidad de tener una “copia fiel del original”, allí el Notario certifica que la fotocopia es exactamente igual al documento que él ha tenido a la vista. Fuera de los casos señalados, solo es necesario ir a autorizar la firma ante notario cuando es una exigencia de algunas instituciones públicas o privadas, que lo piden principalmente para otorgar “poderes” para representar a alguien (por ejemplo para retirar un cheque, cobrar una pensión, pedir la posesión efectiva en el Registro Civil).
Pero nada se compara a la sensación de dejar una constancia policial. Al chileno, en general, le encanta. Esa sensación de ver el pobre cabo tipeando lo que uno le dice, con un dedo, no tiene parangón. Constancia de abandono del hogar. Constancia de que volvió al hogar. Se cree que después, en el juicio, el juez las va a leer. “Anda dejando constancia…” le dicen al pobre marido maltratado. Hay una presión social para hacerlo. Muchas, pero muchas clientas llegan con sus carpeta de constancias, pese a mis consejos. “Es que mis amigas me dijeron que lo hiciera”. Y el consejo de las amigas es mejor. En carabineros y otras instituciones de fiscalización, uno puede dejar constancia o denuncia. La segunda inicia un proceso judicial, es una forma de ejercer la “acción” que todos tenemos para que un tribunal conozca nuestro reclamo (un profesor definía la acción como “la facultad de excitar el órgano… ―hacía una pausa―… jurisdiccional”). Pero el primero no es más que una declaración unilateral de una persona, que queda registrado en un libro, no pasa nada con él. No tiene peso probatorio alguno, por eso no tiene validez en un juicio. Yo puedo dejar constancia de lo que quiera, nadie sabe si lo que he dicho es verdad o no. Hay algunas materias en las que es necesario dejarla, pero son pocas. En caso de accidente de vehículos, para efectos de que “corra” el seguro. Constancia para no ser acusado de abandono del trabajo. Esta última, como otras, funciona, pero por un asunto distinto: el juez puede suponer que cuando se deja la constancia en una situación de estrés (accidente, aviso de despido, etc.) el sujeto dice la verdad, pero después (con el pasar del tiempo y con la asesoría de un abogado) la declaración puede cambiar. Fuera de esos casos no vale la pena hacerlo.
No podemos dejar de ir a la notaria o a la comisaría. Sería como dejar de “sacar la vuelta”, o comenzar a llegar a la hora. Simplemente no es posible. Pero hay que averiguar bien, si realmente es necesario el trámite. Puede ser que publicar en facebook tenga más efecto.