El 2008, en Chile robaban un auto cada dos horas. Hoy, cada 15 minutos. Los tiempos han cambiado y los sistemas de hurto también. Si bien antes Carabineros tenía claro que la mayoría de los robos se daba cuando los autos estaban estacionados, las nuevas tecnologías que dificultan encender los automóviles sin la llave original, han provocado que los ladrones se las tengan que ingeniar de otras maneras. Y vaya que son creativos.
Uno de los nuevos sistemas de robo de vehículos que más portadas ha acaparado en el último tiempo es el "portonazo". Un concepto antes inexistente en la jerga popular, que grafica el modo de operar de los ladrones, cuando intentan apropiarse de un vehículo mientras el conductor desciende para abrir el portón o reja de un lugar. Este tipo de delito se ha presentado de mayor manera en las comunas de La Florida y Pudahuel.
A raíz de la alarma que han causado los portonazos y la delincuencia en general en la ciudadanía, el ministro del Interior, Jorge Burgos, le pidió a Carabineros y la PDI que le entregaran un análisis de la situación con propuestas concretas para hacerle frente de manera preventiva, como de acción rápida cuando ocurran los hechos.
Entre la información que se le otorgó al ministro, figura el dato de Carabineros de que sólo en el 3% de los robos de vehículos se utiliza el sistema del portonazo. A nivel nacional, diariamente se roban alrededor de 100 autos, por lo que esto significa unos 3 portonazos al día. Todo esto, para un parque vehicular privado que ya supera los 3.781.000 automóviles a nivel nacional. Una cifra más alentadora, es que Carabineros tiene más de un 80% de recuperación de vehículos sustraídos entre las 24 y 48 horas.
Consultamos a la Fundación Paz Ciudadana para comparar este porcentaje con el de años anteriores, pero nos explicaron que al ser un sistema de robo específico, no está registrado, pues siempre ha formado parte de las estadísticas dentro de la categoría de "robo o delito contra la propiedad". Así como "el cuento del tío" tampoco lleva su conteo, ya que son conceptos inventados muchas veces por los medios o por la misma ciudadanía, pero no están definidos en la ley. Por lo tanto, no hay información sobre si realmente se trata de un fenómeno nuevo, o simplemente ha adquirido más notoriedad por la cobertura mediática que han recibido.
De todas formas, las normas que se dieron a conocer en la reunión con el ministerio del Interior para hacer frente a este fenómeno, son las siguientes:
Los diputados de la bancada transversal por la Seguridad Ciudadana, Daniel Farcas (PPD), Gonzalo Fuenzalida (RN) y Gabriel Silber (DC), los mismos que impulsaron la ley que faculta a Carabineros realizar controles de identidad de forma preventiva, ahora proponen un proyecto para extender el concepto de legítima defensa a víctimas de “portonazos” y así mismo, tipificar el concepto, asignándole penas a quienes lo cometan.
Su propuesta se basa en que hoy, la legítima defensa de la que se habla en el Código Penal, específica que la persona debe ser víctima de: un robo con violencia, donde se requiere agresión ilegítima y seria; un robo con fuerza, que requiere rompimiento de infraestructura; o un robo por sorpresa, que corresponde a la sustracción de dineros o especies. Esto quiere decir que no contempla el robo de vehículos por sorpresa en el portón de la casa de una víctima. En este escenario legal, podría ocurrir que si atacan a una persona y esta se defiende, causándole un daño mayor al delincuente, se la acuse de cometer un delito mayor al que intentaba evitar.
De todas formas, hay quienes están en contra a esa afirmación, ya que hoy las víctimas tienen derecho a defenderse, en la medida que esa defensa no implique cometer un delito.
Tomás Ramírez Hermosilla, Coordinador Centro Derecho y Justicia de la Escuela de Derecho UCSH, explicó en una columna que "quien al defenderse comete un delito (como lesiones u homicidio) estará exento de responsabilidad bajo ciertas condiciones (artículo 10 Nº 4, 5 y 6 del Código Penal): debe existir una agresión ilegítima y la necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. A estos se suman otros requisitos si la defensa es de la propia víctima (falta de provocación de quien se defiende), la de ciertos parientes (no haber participado de la provocación del que se defiende) o extraños (que además el defensor no actúe por venganza, resentimiento u otro motivo ilegítimo)".
En cuanto a qué hacer para prevenir la participación de menores en los "Portonazos", tampoco hay consenso. Pero en este caso, ni siquiera hay propuestas. Es un tema la bancada transversal por la Seguridad Ciudadana asegura no necesariamente incluirán en el proyecto.