Educación, superior, fin, lucro, Mineduc, reforma, Gobierno
Imagen: César Mejías

Así son los mecanismos que regularán el fin del lucro en la educación superior

Aunque no son los definitivos, sí son parte de la propuesta que está elaborando el Mineduc y que ingresaría al Congreso como parte de la reforma a la educación superior.

Por Rodolfo Westhoff @rwesthoff | 2016-04-01 | 07:00
Tags | Educación, superior, fin, lucro, Mineduc, reforma, Gobierno
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El fin al lucro en las universidades fue una de las banderas de lucha del movimiento estudiantil. Y ahora, en el contexto de las discusiones prelegislativas de la reforma a la educación superior, el Ministerio de Educación (Mineduc) envió dos minutas a los rectores de las universidades del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH), en donde se proponen una serie de mecanismos para que se cumpla esta indicación, que dicho sea de paso, existe desde hace muchos años, pero ha sido burlada por diversas instituciones por medio del negocio inmobiliario, retirando ganancias por medio de arrendar la infraestructura a la institución a través de sociedades relacionadas.

Los documentos fueron publicados esta semana por El Líbero y su contenido no es definitivo, ya que el proyecto de reforma a la educación superior aún no ingresa al Congreso. Sin embargo, se espera que lo haga antes del 21 de mayo y esto es lo que se propone hasta ahora:

Cambios en la organización

Para resguardar la prohibición de lucrar en las instituciones de educación superior, la propuesta contempla tres mecanismos. Estos se centran principalmente en la manera en que la administración de estas instituciones deberá comportarse, además de quiénes podrán ser parte de ellas.

1. Los miembros o asociados sólo podrán ser personas naturales

Esto significa que no podrán ser parte de estas instituciones las empresas, compañías, corporaciones, congregaciones, etc.

Este punto ya ha generado el inmediato rechazo en algunas partes. Sobre todo porque algunos acusan que esta medida haría inviable la existencia de universidades de congregaciones religiosas, en donde estas últimas cumplen un rol fundamental en términos de financiamiento y administración, pero que según la propuesta del Mineduc, no podrían ser parte de ellas.

2. Deberán contar con un órgano de administración superior independiente

Es decir, la administración de las instituciones de educación superior deberá estar a cargo de, por ejemplo, un directorio, junta directiva, consejo superior u otro órgano colegiado, los que deberán ser independientes de todo interés particular y no podrán ser removidos de su cargo sin la mayoría de los votos del organismo superior. Además, no podrán ser familiares entre ellos.

3. Regulación de las operaciones con personas naturales relacionadas a la institución

La propuesta sugiere una mayor regulación en este tema, declarando, por ejemplo, que las operaciones con personas relacionadas deberán ajustarse en precio, términos y condiciones de equidad a aquellas que se lleven a cabo tradicionalmente.

Además, cada una de las operaciones deberá ser aprobada, en forma previa, por la mayoría de los integrantes del órgano de administración superior o directores de la institución de educación superior, debiendo excluirse de la votación aquellos que tengan interés directo o indirecto en la operación de que se trate.

Por su parte, las instituciones de educación superior deberán comunicar trimestralmente a la Superintendencia de los acuerdos del órgano de administración superior o directorio que hubieren aprobado operaciones con personas relacionadas.

Una nueva Superintendencia

La reforma impulsada por el Gobierno contempla la creación de una Superintendencia de Educación Superior, la que estará encargada fiscalizar y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la educación (entre ellas, la prohibición de lucrar).

Y para esto contará con una enorme cantidad de facultades. Entre ellas:

- Ordenar y realizar auditorías en materias de su competencia.

- Ingresar a las instituciones de educación superior y dependencias de sus organizadores con el propósito de realizar las funciones que le son propias, eso sí, sin impedir el desarrollo de las actividades de estas.

- Acceder a cualquier documento, libro o antecedente que sea necesario para fines de fiscalización

- Citar a declarar a los miembros, asociados o socios, propietarios, representantes legales, quienes ejerzan funciones directivas, cualquiera sea su denominación, o dependientes de las instituciones fiscalizadas o de quienes ejerzan dichos cargos en instituciones relacionadas con ellas, respecto de cualquier hecho cuyo esclarecimiento estime necesario.

- Recibir y resolver reclamos y actuar, cuando corresponda, como mediador respecto de ellos.

- Formular cargos, adoptar medidas provisionales y resolver los procesos que se sigan respecto de infracciones en materias de su competencia.

- Imponer sanciones que pueden llegar hasta los $ 453 millones de pesos ante incumplimientos graves.

- Designar un administrador provisional o nombrar un administrador de cierre para las instituciones que lo ameriten. Este corresponde a un administrador nombrado por el Mineduc para hacerse cargo de una institución de educación superior que esté atravesando por una crisis financiera, administrativa o académica.

Una nueva Subsecretaría

El proyecto también considera la creación de una Subsecretaría de Educación Superior. Aunque no estará ligada con la prevención del lucro en las instituciones de educación superior, esta deberá, entre otras funciones, administrar el procedimiento de reconocimiento oficial y revocación cuando sea necesario, proponer el marco nacional de cualificaciones al Ministro de Educación, desarrollar políticas y programas dirigidos al fomento y acompañamiento de las instituciones de educación superior estatales, elaborar y ejecutar la política nacional de admisión e inclusión para la educación superior, entre otras cosas.

¿Se debe eliminar el lucro o transparentarlo? ¿Qué otras medidas incorporarías?

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Comentarios
Ángela Ferrari | 2016-04-01 | 14:11
0
No me había informado sobre esto, pero me parece muy mal pensado. En el primer punto por ejemplo se dejaría fuera a la tercera universidad tradicional más importante de Chile y la más grande del sur, la Universidad de Concepción, que depende de una corporación privada con muchas empresas cuyas ganancias están destinadas a mantener la Universidad (y no al revés).
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