El pasado domingo la presidenta Michelle Bachelet, anunció la promulgación de la ley de empleados de casas particulares. Su objetivo es entregar un marco legal a los trabajadores del hogar para evitar abusos laborales como explotación o discriminación. La ley fue aprobada el 7 de octubre con amplia mayoría en la Cámara de Diputados.
“Estamos saldando una gran deuda con miles de trabajadoras de casa particular, por eso elegimos este día: para contar con su presencia y comenzar a celebrar que los domingos pasarán a ser de descanso irrenunciable para las trabajadoras domésticas puertas adentro de nuestro país”, señaló la Presidenta en el discurso de promulgación en La Moneda.
La ley beneficiará a 370.000 empleadas del hogar que contaban con un marco jurídico débil. El gran desafío era igualar los derechos de los trabajadores del hogar a los del resto de los empleados del país. El principal problema se debía a las largas jornadas laborales, las que no eran pagadas como horas extras, sino que eran consideradas en el sueldo y los pocos días de descanso, entre otras cosas.
“Estamos haciendo cambios de fondo para que este grupo de trabajadoras tenga los mismos derechos que los otros trabajadores. Y es una enorme conquista, tras décadas de labor anónima en condiciones de desventaja. Un empleo, que además, tiene rostro de mujer, porque el 94% de las personas que desarrollan labores domésticas en nuestro país son mujeres”, dijo la Presidenta.
De esta forma, la ley entra en acuerdo con el convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (del cual se habló en esta columna). Este convenio fue recientemente ratificado por Chile y la nueva ley se adhiere a lo requerido para los países. “Nos estamos poniendo al día y, a la vez, demostrando que ser un país desarrollado no sólo pasa por las cifras, sino por la forma en que concebimos el trabajo y el trato a nuestros compatriotas”, señaló la Presidenta Bachelet.
La normativa anterior permitía hasta 72 horas de trabajo a la semana y con descanso solo los días domingo, el cual podía ser cambiado por otros días, o dividido. El gran cambio es la rebaja en la cantidad de horas laborales y el establecimiento del domingo como día de descanso irrenunciable. La ley establece normas que se aplican para las empleadas “puertas afueras”, “puertas adentro” y normas generales para todos los trabajadores del hogar. Aquí te detallamos lo nuevo que trae esta ley.
En primer lugar, con esta nueva ley todos los empleados del hogar deberán contar con contrato de trabajo en el cual se indique explícitamente el tipo de trabajo a realizar y el domicilio específico en donde se prestarán los servicios. Para las personas que necesitan de atención o cuidados especiales se debe establecer expresamente la obligación de asistencia y las labores que se deben realizar.
Ahora, quienes contraten empleados para las tareas en el hogar, tendrán la obligación de registrar el contrato de trabajo en la respectiva Inspección del Trabajo dentro de los siguientes 15 días posteriores a la celebración del contrato. Además, un inspector del trabajo puede realizar fiscalizaciones de las condiciones laborales en los domicilios.
Los costos de alojamiento y alimento del trabajador deben ser costeados por el empleador y no pueden ser considerados parte de la remuneración.
Con la nueva ley, los empleadores no pueden obligar a los trabajadores a utilizar uniforme en espacios públicos y tampoco esto puede condicionar la contratación, permanencia o renovación del contrato. Dentro del lugar de trabajo, que es el domicilio, los empleados sí pueden estar forzados a usar el uniforme.
Por último, uno de los grandes temores que surgieron con esta ley es que, debido a la rebaja de las horas de trabajo, los empleadores podrían disminuir los sueldos. Sin embargo, para evitar esto, la normativa señala explícitamente que no se pueden rebajar las remuneraciones unilateralmente.
Las antiguas leyes establecían que los empleados de casas particulares podían trabajar hasta 72 horas semanales, durante 5 o 6 días y hasta 12 horas por jornada. Además, dentro de la misma jornada, se establecía una hora de descanso imputable a la jornada laboral y no había derecho al pago de horas extra.
Ahora, las empleadas domesticas trabajarán un máximo de 45 horas semanales en un tope de 6 días. En caso de trabajar 5 días las jornadas de trabajo serán de 9 horas, en caso de trabajar 6 días las jornadas serán de 7,5 horas. También habrá media hora de descanso no imputable a la jornada y las horas adicionales se pagan como horas extraordinarias.
Los empleados del hogar que trabajan “puertas adentro” regularmente no tienen un límite establecido de su jornada de trabajo, esto conlleva a que muchas veces trabajen por más del horario establecido en el contrato. Si bien la nueva ley mantiene que no tienen una cantidad fija de horas de trabajo por día, debido a la “naturaleza de sus labores”, si establece la cantidad de tiempo libre.
Para entregarles mayor descanso, los días libres se amplían a dos por semana. Además tendrán un descanso absoluto de 12 horas diarias, las cuales se dividen en 9 horas ininterrumpidas de descanso y tres horas que se pueden distribuir durante la jornada. Esto, sin contar el tiempo establecido para almorzar.
Los domingos son días de descanso irrenunciables, no se puede dividir el día y lo considera en su totalidad. También el día sábado es libre, pero este se puede acumular, dividir o intercambiar por otros días del mismo mes. Debe realizarse previo acuerdo entre las dos partes y no puede cambiarse por dinero.
Durante los días festivos hay derecho a descanso que puede reemplazarse por otros días en acuerdo entre las partes. Sin embargo, estos cambios de jornadas pueden realizarse hasta 90 días después del festivo, después expira el derecho.
La nueva ley, entrará en vigencia de forma general a partir de enero 2015. Pese a esto, la reducción de la jornada a 45 horas semanales, comenzará a regir el 23 de noviembre del año 2015, al igual que la entrada en vigencia del descanso del día sábado.
¿Qué te parecen las nuevas normas que regirán a los empleados de casas particulares?